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21 jul 2010

Declaran infundada vacancia de alcalde del distrito de Marangani

Mediante resolución 557 – 2010 – JNE
Este ha sido el Expediente de más rápido trámite ante el JNE y la resolución ha sido emitida el mismo día, después de la Audiencia Pública del pasado viernes 16 de julio. Cabe precisar que el escrito de apelación ingresó al JNE el pasado 23 de junio. El 05 de julio se señaló fecha para la Audiencia Pública para el 16 de julio. Es decir, el pedido de vacancia del Alcalde de Maranganí, duró apenas tres semanas y sólo dos meses y medio desde el pedido de vacancia por nepotismo que hizo al Concejo Municipal de Marangani, en fecha 16 de abril del 2010, el ciudadano Carlos Cuyo Chatata. El Alcalde y regidores de Maranganí actuaron dentro de la ley, sin dilación alguna.
La contundente defensa oral realizada por el abogado Eric Escalante Cárdenas, en favor de Zenobio Zúñiga Nina, mereció que el pleno del Jurado Nacional de Elecciones emitiera y publicara el mismo día la Resolución confirmando el Acuerdo del Concejo Distrital de Marangani que rechazó el pedido de vacancia de su Alcalde. Es uno de los pocos casos, tal vez el primero, que ocurre esta celeridad a nivel nacional, en casos de vacancia.
El otro trámite rápido realizado ante el JNE en solicitudes de vacancia fue la del Presidente Regional Cusco, Lic. Hugo Gonzales Sayán, por solicitud del abogado Jaime Facundo Aragón Núñez, donde también el abogado defensor del denunciado fue el Dr. Eric Escalante Cárdenas, habiendo también obtenido una resolución del JNE a favor de Hugo Gonzales Sayan.
Escalante Cárdenas ha logrado hasta ahora la no vacancia del Alcalde de Echarate, Elio Pro Herrera, de los regidores de la Municipalidad de Santiago, Mercedes Ccorimanya y José Aldazábal, así como del Alcalde de San Jerónimo, Adolfo Zuñiga y de los regidores de la misma comuna Willian Paño, Edgar Moscoso, Libia Cusirimay y Ricardo Valderrama, del Presidente Regional, Hugo Gonzales y ahora del Alcalde de Maranganí, Zenobio Zuñiga, demostrando con sólidos argumentos y mucha jurisprudencia que las solicitudes de vacancia presentadas contra estas autoridades no estaban bien fundamentadas por los ciudadanos solicitantes de estas vacancias.
De esta manera, Eric Escalante Cárdenas, se constituye en uno de los jurisconsultos más entendidos en legislación electoral a nivel nacional.
Entre tanto, mientras que estas vacancias se resuelven en tiempo récord, la vacancia del Alcalde de Urubamba, duró once meses, habiendo esta ex autoridad no solamente ser vacado en el cargo, sino denunciado penalmente por omisión, rehusamiento y demora de actos funcionales, previsto en el artículo 377 del Código Penal, porque rechazó, con una seria de argucias el proceso de vacancia.
 Otro alcalde que está en miras del JNE y que es eminente su denuncia penal por el mismo delito y demora de actos funcionales, es Mario Condori Huallpa, Alcalde Provincial de Paucartambo, quien desde el 18 de diciembre del 2009 viene dilatando su proceso de vacancia, sin convocar a sesión de concejo para tratar su vacancia y de dos regidores más, a pesar de que el Jurado Nacional de Elecciones, mediante Auto Nº 01 de fecha 14 de junio del 2010 ha requerido que en un lapso perentorio de cinco días convoque a sesión extraordinaria para tratar estas vacancias. Han pasado siete meses y siguen las actitudes dilatorias de parte del alcalde paucartambino.

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Comments :

1
ONG Valores Contra la Corrupción dijo...
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ESTAMOS YA EN CUZCO, EN LA FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN GUBERNAMENTAL.

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